Contrato de Aprendizaje

El Contrato de Aprendizaje SENA se erige como un acuerdo especial dentro del marco del derecho laboral colombiano. Es un vínculo que une a una empresa con un aprendiz del SENA, permitiéndole a este último obtener una formación práctica directamente relacionada con su área de aprendizaje. Este contrato se distingue por no reemplazar un contrato de trabajo convencional, sino por complementarlo, otorgando al aprendiz la oportunidad de integrar sus conocimientos teóricos con experiencia práctica en un entorno laboral real.

El Contrato de Aprendizaje SENA tiene una duración máxima de dos años contados a partir de su suscripción. Aunque el programa formativo pueda extenderse más allá de este período, el contrato en sí no puede ser prolongado más allá de los dos años establecidos.

Todas las empresas privadas que cuenten con un mínimo de 15 trabajadores y realicen actividades económicas distintas a la construcción están obligadas a celebrar al menos un Contrato de Aprendizaje SENA por cada 20 trabajadores, y uno adicional por cada fracción entre 10 y 20 colaboradores.

El costo de un Contrato de Aprendizaje SENA varía según la modalidad y la etapa del aprendizaje. Cuando la empresa opta por realizar contratos de aprendizaje en lugar de monetizar, los costos pueden calcularse de la siguiente manera:

  • Costo de la monetización: Se calcula multiplicando el número total de trabajadores de la empresa por el 5% y luego por el 100% de un salario mínimo legal vigente.
  • Costo de Contrato de Aprendizaje SENA en etapa lectiva: Corresponde al 50% del salario mínimo legal vigente más los aportes a EPS.
  • Costo de Contrato de Aprendizaje SENA en etapa productiva: Equivale al 75% del salario mínimo legal vigente más los aportes a EPS y ARL.

Ejecución del contrato en etapa lectiva y/o práctica con apoyo de sostenimiento:

Los aprendices realizan prácticas en una empresa, contribuyendo con su conocimiento e innovación en los procesos.

Cesión de contratos por acuerdo de voluntades:

La empresa puede ceder el contrato a otra entidad si no cuenta con espacio para la práctica.

Formación dual:

La empresa y el SENA co-forman al aprendiz, combinando la formación teórica y práctica.

Formación especial empresarial:

Permite que el aprendiz realice una parte de su formación en el SENA y otra en la empresa.

Al optar por el Contrato de Aprendizaje SENA, las empresas disfrutan de diversas ventajas:

  • Incorporación de capacidades críticas y liderazgo.
  • Rol co-formador en el desarrollo del talento humano.
  • Contribución al acceso de los colombianos a oportunidades laborales y económicas.
  • Apoyo al empleo juvenil.

El contrato puede suspenderse por diversas causas, como licencia de maternidad, casos fortuitos, vacaciones colectivas del empleador, o incapacidad certificada por la EPS. Sin embargo, no puede renovarse; una vez cumplido su término, finaliza de manera definitiva.

Consideraciones Finales

El Contrato de Aprendizaje SENA representa una herramienta invaluable para la formación y el crecimiento tanto de las empresas como de los aprendices. Su implementación adecuada no solo fortalece el tejido empresarial, sino que también contribuye al desarrollo socioeconómico del país.

Si desea más información sobre el Contrato de Aprendizaje SENA y su regulación, le recomendamos consultar detenidamente la cartilla correspondiente, donde encontrará detalles exhaustivos sobre todos los aspectos relevantes para empresarios y aprendices.